(enmienda de la Constitución de España)
1. El diputado será asalariado solamente durante su mandato. Y tendrá
jubilación proveniente solamente por el mandato realizado.
2. El diputado contribuirá al Régimen General de la Seguridad Social
como el resto de ciudadanos. El fondo de jubilación del Congreso
pasará al régimen vigente de la Seguridad Social. El diputado
participará de los beneficios del régimen de la Seguridad Social
exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no
puede ser usado para ninguna otra finalidad.
3. El diputado debe pagar su plan de jubilación, como todos los españoles.
4. El diputado dejará de votar su propio aumento de salario.
5. El diputado dejará su seguro actual de salud y participará del
mismo sistema de salud que los demás ciudadanos españoles
6. El diputado debe igualmente cumplir las mismas leyes que el resto
de los españoles
7. Servir en el Congreso es un trabajo, no una carrera. Los diputados
deben cumplir sus mandatos (no más de 2 legislaturas) y luego
reincorporarse a la vida laboral previa a su etapa de Servicio
Público.
El momento para la enmienda a la Constitución es AHORA.
ASÍ SE PUEDEN ENMENDAR LAS INJUSTICIAS Y DESARREGLOS DE PARLAMENTARIOS
Y SENADORES.
Si estás de acuerdo con lo expuesto DIFUNDELO¡¡
domingo, 30 de septiembre de 2012
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